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El CIF es el documento que acredita a la empresa a efectos fiscales. Tiene que ser solicitado por toda persona jurídica, pública o privada, sea cual sea su actividad.
Se solicitará en la Agencia Estatal Tributaria del domicilio fiscal de la empresa, en los treinta días siguientes al otorgamiento de la Escritura Pública de constitución, adjuntando fotocopia del DNI, si es socio, o poder notarial, si no lo es, y copia simple o fotocopia de la Escritura de Constitución. La validez del CIF provisional es de 6 meses hasta que se retire el definitivo.